Me rechazaron el siniestro, ¿qué puedo hacer?

Podés pedir por escrito el fundamento del rechazo y discutirlo: no es definitivo. Un rechazo de siniestro es la comunicación por la cual la aseguradora se niega a indemnizar, invocando una exclusión de cobertura, una causal de caducidad o reticencia; debe ser fundado y emitirse dentro del plazo legal, y si el motivo no se sostiene, puede revisarse.

Fundamento normativo

Ley 17.418, art. 56: “El asegurador debe pronunciarse acerca del derecho del asegurado dentro de los treinta días de recibida la información complementaria prevista en los párrafos 2º y 3º del artículo 46. La omisión de pronunciarse importa aceptación.” El plazo no se cuenta desde el siniestro ni desde la denuncia, sino desde que la aseguradora recibió la información complementaria que haya requerido.

El rechazo llega por escrito y debe invocar cláusulas de la póliza, artículos de ley, o ambos. Ese fundamento es la pieza central: define lo que la aseguradora puede sostener después, o no. No todo rechazo se sostiene, pero hay que revisarlo con conocimiento y voluntad.

Si te rechazaron un siniestro, el rechazo debe ser por escrito y con el fundamento invocado: pedilo así, guardá toda la documentación con sus fechas y consultalo con un Asesor antes de darlo por cerrado. Un rechazo aceptado sin revisar cierra una puerta que la ley todavía tenía abierta.

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