¿El seguro de vida cubre si me da cáncer o un infarto?

Puede, si la póliza incluye la cobertura de Enfermedades Graves. Paga un capital al diagnosticarse una patología seria —cáncer, infarto, ACV, insuficiencia renal, entre otras— para afrontar el tratamiento. Según la póliza, puede ser una cobertura con suma asegurada propia que no toca el capital del Seguro de Vida, o un adelanto de ese capital. El listado exacto de enfermedades cubiertas varía según la compañía.

Lo que puede sorprender es que se cobra por el diagnóstico, no por la muerte: el dinero llega cuando la persona está viva y enfrentando el tratamiento, que es cuando puede ser muy necesario. No reemplaza a la obra social o la prepaga; es un capital libre, para usar en lo que uno quiera.

El punto a revisar es cuál es el listado de patologías y cómo define cada una la póliza, porque ahí no hay uniformidad: dos coberturas que se llaman igual pueden cubrir cosas distintas. Antes de dar por sentado que “el cáncer está”, conviene leer con un Asesor qué incluye exactamente la que tenés o la que te ofrecen.

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