Contrato a una persona, ¿estoy obligado a darle ART?
Sí. Cuando contratás a alguien en relación de dependencia, estás obligado a darle ART, seas monotributista o responsable inscripto. La obligación no la define tu categoría fiscal, sino el hecho de tener un empleado a cargo (Ley 24.557).
Fundamento normativo
Ley 24.557 (Riesgos del Trabajo).
Contratás la ART y los pagás junto con las cargas sociales. Suele ser barato en proporción al servicio que brinda. Es una confusión frecuente creer que la ART es cosa de empresas grandes, o que el monotributista queda afuera: no es así. Incluso siendo empleado, si contratás a una persona para servicio doméstico también debés darle ART. Desde el momento en que registrás a un trabajador en relación de dependencia, sos empleador a los efectos de la ley, y la cobertura tiene que estar vigente desde el primer día de trabajo.
